El 5 de octubre, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio luz verde a la Comisión de Verificación de Integridad en Candidaturas del Instituto Nacional Electoral (INE). Su tarea será revisar, cuando los partidos lo pidan, si las personas que quieren competir por un cargo en 2027 representan un «riesgo razonable» de estar ligadas a actividades delictivas. Los ministros en pleno declararon infundada la acción de inconstitucionalidad del PRI. La sentencia no toca lo esencial del diseño: nadie está obligado a someterse a la revisión, el resultado es confidencial y no frena ningún registro. Si un partido postula o no a alguien señalado seguirá dependiendo de él.
La ministra ponente, Loretta Ortiz Ahlf, argumentó que la verificación es compatible con el derecho a ser votado, pues no agrega un requisito de elegibilidad ni pone condiciones al registro de candidaturas, y que solo tiene un fin preventivo e informativo, según El Universal.
No es nada más para restringirlo o limitarlo a los delitos de la delincuencia organizada, sino a todo tipo de delitos. O sea, no hay una restricción: puede ser robo, puede ser corrupción
Así opera la revisión
Un decreto creó la comisión. Cambió el numeral 2 del artículo 42 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE) y sumó a esa ley un Título Segundo Bis dentro de su Libro Cuarto. Se publicó el 2 de junio, de acuerdo con el texto del Diario Oficial de la Federación. Con el nuevo artículo 200 Bis, partidos y aspirantes a candidaturas independientes pueden entregar antes del registro listas completas o parciales con los nombres de quienes pretenden postular a cargos federales o locales.
Esos perfiles pasan de la comisión a las instancias de seguridad, inteligencia, procuración de justicia y finanzas. El decreto cita, sin agotar la lista, a la Fiscalía General de la República (FGR), el Centro Nacional de Inteligencia (CNI), la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV). Según el tercer transitorio, cada una fijará su metodología y valorará el riesgo «a partir del análisis de la información indiciaria con la que cuenten para presumir que la persona evaluada está relacionada con actividades delictivas».
A los partidos solo se les avisa, conforme al artículo 200 Ter, «el número y las instancias competentes» que hayan visto un riesgo razonable, «sin señalar el asunto del que se derive el riesgo». Si una de esas autoridades halla información relevante, la ley le permite abrir o continuar las investigaciones que sean de su competencia.
El alcance tampoco se reduce al crimen organizado. «No es nada más para restringirlo o limitarlo a los delitos de la delincuencia organizada, sino a todo tipo de delitos. O sea, no hay una restricción: puede ser robo, puede ser corrupción», explicó Ortiz Ahlf durante la sesión, según Grupo Animal.
El 7 de septiembre se instaló la comisión. Proceso informó que la forman los consejeros Norma de la Cruz Magaña, Arturo Chávez López y Uuc-kib Espadas Ancona; Chávez la preside, según El Universal. La ley fija tres años de encargo para sus integrantes y una presidencia que cambia de manos cada año. La reforma tampoco le dio recursos extra: de acuerdo con el cuarto transitorio, los gastos se cubrirán con el presupuesto que ya tiene aprobado el INE.
El reclamo del PRI y la respuesta de la Corte
El PRI, que dirige Alejandro Moreno, impugnó la reforma. Sostuvo que el mecanismo atentaba contra el derecho a ser votado, la presunción de inocencia, la privacidad y la protección de datos personales, según Proceso, y que debilitaba la autonomía del INE, según El Universal.
Para el tribunal, el trámite es voluntario y anterior al registro, así que su resultado no es requisito para ser candidato ni causa de inelegibilidad. Proceso reportó que la Corte consideró que un «riesgo razonable» no equivale a declarar culpable a nadie, y que tocar datos personales se justifica porque el fin es legítimo, la medida es idónea y necesaria, y sus beneficios pesan más que el perjuicio. El tribunal concluyó, además, que el INE puede coordinarse con las autoridades de seguridad y finanzas sin perder autonomía y sin invadir las competencias de los organismos públicos locales electorales.
No todo fue acuerdo. La ministra Sara Irene Herrerías Guerra planteó que el mecanismo limita el voto pasivo y propuso sumar al análisis más grados del test de proporcionalidad. El ministro Giovanni Figueroa Mejía sostuvo lo contrario: quien aspira a una candidatura puede no participar en el mecanismo sin que eso tenga consecuencias jurídicas. Ambas posturas aparecen en las crónicas de Proceso y de Grupo Animal.
Los dos medios tampoco cuentan igual la votación. Para Proceso, la reforma se avaló por unanimidad. Grupo Animal arrancó su nota con una validación «por mayoría de votos», aunque más abajo aclaró que los apartados de derechos político-electorales, datos personales, autonomía del INE y competencias estatales salieron por unanimidad, con votos concurrentes de varios integrantes del tribunal.
Quién decide si se postula a alguien señalado
La última palabra es de los partidos, según el párrafo cuarto del artículo 200 Bis: con lo que reciban de la comisión, «determinarán sobre la procedencia o no del registro de las personas evaluadas». El decreto no los obliga a mandar listas. Sí impone confidencialidad a la comisión, no contempla que los resultados se difundan y tampoco fija consecuencias para el partido que registre a alguien con alertas. Nada en la ley prevé cómo informar qué perfiles se revisaron ni cuáles recibieron un aviso de riesgo.
Según Grupo Animal, Ortiz Ahlf resumió el objetivo así: «dotar de elementos a los partidos políticos y candidaturas independientes para una mejor toma de decisiones en relación con las postulaciones que hagan a algún cargo de elección popular». El Universal agrega que los partidos tienen libertad de decidir si entregan listas, completas o en parte.
El 1 de octubre, Andrés Manuel López Beltrán, hijo del expresidente Andrés Manuel López Obrador, anunció que se inscribió en el proceso interno de Morena para coordinar los comités de defensa del sexto distrito federal de Tabasco, según Infobae. Unos días antes, The New York Times había publicado que dos agencias de seguridad de Estados Unidos revisan acusaciones en su contra por presuntos vínculos con el crimen organizado y el contrabando de combustible, aunque hasta ahora no han abierto una investigación formal, de acuerdo con Proceso. López Beltrán rechaza esos señalamientos, según Proceso. Ninguna de las fuentes consultadas dice si Morena mandará su perfil a la comisión.
Lo que falta
Por el quinto transitorio, el INE debe emitir, junto con las cuatro instancias, lineamientos con plazos, criterios y procedimientos para recibir, analizar y entregar la información, además de reglas de protección de datos. Las crónicas de la sesión no precisan si esos lineamientos ya fueron aprobados ni cuándo empezará la comisión a recibir listas.
Por otro lado, Morena nombró el 28 de septiembre a siete coordinadores estatales, la figura con la que define a quienes buscarán las gubernaturas; ya había designado a los de Michoacán, Quintana Roo, Guerrero y Zacatecas, según El Financiero. La jornada electoral será el 6 de junio de 2027, con renovación de la Cámara de Diputados y de 17 gubernaturas.



