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Insistir con llamadas de ventas saldrá desde 56,570 pesos: el Senado levanta el piso de la multa, no el techo

La reforma aprobada sin votos en contra establece sanciones de 56,570 a 2.3 millones de pesos, pero ese máximo ya existía en 2025. Lo nuevo es el mínimo, y quien multa seguirá siendo Profeco.

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Equipo Culto Diario · Lectura de 5 min
Insistir con llamadas de ventas saldrá desde 56,570 pesos: el Senado levanta el piso de la multa, no el techo

Con 96 votos y sin oposición, el Pleno del Senado aprobó el 7 de octubre una reforma a los artículos 18 Bis y 127 de la Ley Federal de Protección al Consumidor. Prohíbe que proveedores y empresas llamen por teléfono, o usen cualquier otro canal que el consumidor no haya autorizado, «de manera reiterada y persistente, con fines comerciales o publicitarios», según el comunicado de la Cámara alta. A quien lo incumpla le tocará una multa de entre 56,570 y 2,345,728.71 pesos, monto exacto que dio a conocer El Financiero. La minuta ya está en la Cámara de Diputados.

El número que repitieron casi todos los titulares, «hasta 2.3 millones de pesos», no es una novedad. Ese techo es idéntico, al centavo, al que el artículo 127 ya tenía para 2025: de 733.04 a 2,345,728.71 pesos, de acuerdo con el acuerdo de actualización de montos que Profeco publicó en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre de 2024 y que reproduce Tax Today México. Para 2026, después de la actualización del DOF del 23 de diciembre de 2025, ese artículo establece para las infracciones al 18 Bis una multa de 760.89 a 2,434,847.42 pesos, según el texto vigente de la ley en el sitio de la Cámara de Diputados. El verdadero cambio está en el mínimo: la sanción más baja pasaría de 760.89 a 56,570 pesos, unas 74 veces más. Xataka México también observó que lo llamativo es la subida del mínimo.

ya no podrán hacerlo sin nuestro consentimiento, ni por mensaje, ni por correo electrónico, ni por ningún otro medio

Lo que la ley ya decía

Tampoco es la primera vez que se prohíbe llamar a quien no quiere recibir llamadas. La reforma publicada en el DOF el 4 de febrero de 2004 dejó en el artículo 17 el derecho del consumidor a pedir a proveedores y a empresas que utilizan sus datos con fines mercadotécnicos o publicitarios que no lo molesten en su casa, su trabajo, su correo electrónico «o por cualquier otro medio». Por su parte, el artículo 18 autoriza a Profeco a llevar un registro público y gratuito de quienes no quieren que su información se emplee con esos fines, y el 18 Bis impide mandar publicidad a quienes lo hayan solicitado expresamente o figuren en ese listado.

El 18 Bis también establece ya que los proveedores responden junto con los terceros cuando la publicidad se envía por medio de ellos. La reforma refuerza esa idea; el Senado afirma que pretende «evitar que este mecanismo de comercialización se realice a través de terceros». Según El Financiero, las empresas no podrán deslindarse alegando que las llamadas las hicieron otros.

Hoy, el registro del artículo 18 se llama Registro Público para Evitar Publicidad (REPEP) y lo administra Profeco en su portal oficial. La inscripción es gratis y permanente; una vez registrado un número, los proveedores tienen 30 días para dejar de marcarlo, según Xataka México. El mismo medio aclara que el registro no cubre llamadas de cobranza, de organizaciones políticas, de instituciones de beneficencia ni de encuestadores.

¿Un registro nuevo o el de siempre?

Las versiones no coinciden en cómo quedará el mecanismo para el usuario. El Financiero informó que la reforma prevé un Registro Público contra el Acoso Telefónico Comercial, donde cualquiera podría anotarse gratis y que las empresas tendrían el deber de consultar y respetar. En su comunicado, en cambio, el Senado no habla de otro registro distinto del actual; se concentra en vetar el contacto insistente y en subir las multas.

Quien contesta esas llamadas sí nota la diferencia. Con un padrón nuevo, los que ya figuran en el REPEP deberían averiguar si su inscripción pasa automáticamente o si toca hacerla otra vez. Con el mismo registro, lo único que cambia para el consumidor es un mínimo de multa más alto y el veto explícito a que lo contacten de forma reiterada sin su permiso. Qué lectura prevalece lo fijará el texto que apruebe la Cámara de Diputados y, en su caso, la publicación en el DOF.

Cuántas llamadas son demasiadas

Según el comunicado, el documento aprobado subraya que México está entre los cinco países del mundo con más llamadas no deseadas, con un promedio de 20 a 25 contactos de spam al mes por usuario. El comunicado no dice de dónde sale esa estimación.

La senadora panista Mayuli Latifa Martínez Simón, identificada por El Financiero como impulsora de la iniciativa, explicó que busca atender «un problema social que creció de manera alarmante en el país», pues millones de personas reciben llamadas que no pidieron con fines publicitarios y de mercadotecnia. María del Rocío Corona Nakamura, del PVEM, resumió lo que cambia para las empresas: «ya no podrán hacerlo sin nuestro consentimiento, ni por mensaje, ni por correo electrónico, ni por ningún otro medio».

El senador de Morena Heriberto Aguilar Castillo apoyó el dictamen. «Proteger a los consumidores significa defender su tiempo, su privacidad y su derecho a decidir», afirmó, de acuerdo con la información de su grupo parlamentario. Agregó que nadie debería verse obligado a «rechazar una y otra vez la misma oferta».

Profeco, la pieza que falta

Las sanciones de esta ley las aplica la Procuraduría Federal del Consumidor, facultada desde 2004 para castigar el envío de publicidad a un consumidor que está en el registro. En su comunicado, el Senado ni cita a Profeco ni aclara si recibirá más presupuesto, más verificadores o herramientas para dar con los centros de contacto que operan por encargo de terceros. Tampoco hay fuente consultada que diga cuántas multas ha impuesto Profeco por infringir el artículo 18 Bis con la sanción de hoy.

El siguiente paso depende de los diputados. Si dan el visto bueno a la minuta sin modificarla, el Ejecutivo la publicará en el Diario Oficial de la Federación; si le hacen cambios, tendrá que regresar al Senado.

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