Desde el miércoles 14 de octubre de 2026, las redes sociales, los videojuegos y las tiendas de aplicaciones que operan en México tienen una obligación que antes no existía: comprobar la edad real de sus usuarios y activar la máxima protección en las cuentas de menores. El decreto de entornos digitales seguros para niñas, niños y adolescentes se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y entró en vigor el mismo día. Las plataformas tienen 30 días naturales para informar qué hicieron.
Qué tendrán que hacer con una cuenta de menores
Según los reportes del decreto y de la conferencia matutina del 14 de octubre, las obligaciones incluyen:
- Verificar la edad. El artículo 4 exige mecanismos confiables para comprobarla; ya no basta con que el usuario escriba su fecha de nacimiento.
- Privacidad al máximo desde el inicio. Las cuentas nuevas deben activar las configuraciones de privacidad y seguridad más estrictas que existan en cada servicio.
- Retirar y conservar. Las plataformas deben identificar y retirar de inmediato cuentas o contenidos que incurran en las prohibiciones del artículo 3, y guardar durante 90 días la evidencia digital para entregarla a las autoridades que la pidan.
- Avisar a las autoridades. Deben alertar de inmediato sobre cuentas o contenidos que atenten contra la vida, la dignidad, la seguridad, la integridad o la privacidad de menores.
- Clasificar y acompañar. Los contenidos se clasifican por edad y las familias deben contar con herramientas de supervisión parental.
El artículo 3 prohíbe que menores de 18 años accedan, vean o reciban por recomendación contenidos que promuevan acoso, abuso, discursos de odio, apología del delito, suicidio, autolesiones o trastornos alimenticios.
A quién alcanza
El decreto cubre redes sociales, videojuegos, tiendas de aplicaciones y otros servicios que permiten interacción o intercambio de contenidos. Un reporte que reproduce el texto señala que las medidas deben aplicarse en todas las redes activas en el país, entre ellas Facebook, Instagram, X y TikTok.
El plazo y quién vigila
Tabla: plazos del decreto
| Fecha | Qué ocurre |
|---|---|
| 14 de octubre de 2026 | Publicación en el DOF y entrada en vigor |
| 13 de noviembre de 2026 | Vence el plazo de 30 días naturales (cálculo de Culto Diario) |
La consejera jurídica de la Presidencia, Luisa María Alcalde, explicó en la conferencia matutina que el plazo se cuenta desde la publicación y que la Agencia Digital dará seguimiento a los avances de cada plataforma. El fundamento legal es la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
Posturas
El gobierno presenta el decreto como una medida de protección a menores. Meta, la empresa matriz de Facebook e Instagram, dijo que analizará el texto en detalle, que ya aplica controles automáticos para adolescentes y que está abierta al diálogo. Otras voces, según reportes, temen que sea un primer paso hacia más control sobre lo que se publica en redes, no solo para menores, y hay madres y padres que opinan que la responsabilidad principal sigue en casa.
Lo que no se sabe
- Sanciones. Los reportes difieren: un titular del 14 de octubre habla de sanciones por incumplimiento y un análisis posterior afirma que el decreto no trae multas. Culto Diario no pudo confirmarlo en el texto íntegro.
- Cómo se verificará la edad. Las fuentes consultadas hablan de mecanismos «confiables», sin precisar cuáles ni cómo se protegerán los datos que las plataformas pidan.
- La edición del DOF. Un reporte la ubica en la edición matutina y otros en la vespertina del 14 de octubre.
Las plataformas deben entregar su informe de medidas antes del 13 de noviembre de 2026, según el cálculo de 30 días naturales desde la publicación.



